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LV Deuda China
Fondos mutuosEl objeto del Fondo es invertir en instrumentos de deuda del mercado local de China y Asia Oriental, a través de la inversión en el Fondo Extranjero denominado “Gavekal China Fixed Income Fund”, constituido bajo las leyes de Irlanda (en adelante “Fondo Extranjero”), cuyo gestor de las inversiones es Gavekal Capital Limited (el “General Partner”). El objeto del Fondo Extranjero es invertir en el referido mercado de China y Asia Oriental, a través de la inversión directa e indirecta en instrumentos emitidos por entidades constituidas en dicha región, o que en dicha región se ubique la mayor parte de sus activos, de su facturación o de las actividades que constituyan la principal fuente de sus negocios, o que en dicha región se encuentren los mercados en los que se transen mayoritariamente los valores que emita.
Evolución del valor cuota
Rentabilidad nominal | Día | Acum. mes | Mes anterior | Últ. trim | Acum. año | Año anterior |
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LV Deuda China | % | 0,00% | 2,28% | -0,01% | 0,00% | -11,12% |
Información del Fondo
Nemotécnico | CFMLVDCHI |
Fecha de Inicio | 24 de junio de 2021 |
Portfolio Manager | Nicolás Desormeaux |
Moneda | USD |
Remuneración Anual | Serie A: Hasta un 1,25% (IVA incluido) Serie APV: Hasta un 1,00% (Exenta de IVA) Serie APV-AP-APVC: Hasta un 0,9000 (Exenta de IVA) Serie F: Hasta un 0,85% (IVA incluido) Serie I: Hasta un 0,45% (IVA incluido) Serie LV: Hasta un 0,0000% (IVA incluido) |
Remuneración Variable | Serie A: No Aplica Serie APV: No Aplica Serie APV-AP-APVC: No Aplica. Serie F: No Aplica Serie I: No Aplica Serie LV: No aplica. |
Comisión de salida | Sin comisión de salida. |
Monto mínimo | Serie A: No Contempla. Serie APV: No Contempla. Serie APV-AP-APVC: Podrán ingresar aquellos partícipes que mantengan Inversiones Previsionales [1] que representen montos iguales o superiores a 50.000.000 Pesos Moneda Nacional. Adicionalmente, podrán ingresar a esta serie aquellos Aportantes que comprometan aportes periódicos mensuales de al menos 150.000 Pesos moneda nacional, en esta misma serie o en las series Equivalentes de fondos administrados por la Administradora. Asimismo, podrán ingresar aquellos partícipes que /i/ mantengan Inversiones Previsionales [1] que representen montos iguales o superiores a 600 Unidades de Fomento y, a su vez, /ii/ se encuentren adheridos a un contrato de seguro que contemple un plan de Ahorro Previsional Colectivo u otro plan colectivo o grupal con fines previsionales, suscrito con la Administradora o con algún intermediario con el cual ésta haya celebrado un contrato de distribución de cuotas. Por otra parte, podrán ingresar a esta serie los empleados de Larraín Vial SpA o de sus filiales. Por último, podrán ingresar aquellos aportantes que se encuentren adheridos a un Contrato de Ahorro Previsional Colectivo u otro plan colectivo o grupal con fines previsionales, suscrito con la Administradora o con algún intermediario con el cual ésta haya celebrado un contrato de distribución de cuotas. Serie F: Aportes que sumados al saldo patrimonial consolidado en cualquiera de las series de los Fondos administrados por la Administradora, sean iguales o superiores a 250 millones de pesos moneda nacional o su equivalente en euros o dólares de los Estados Unidos de América. Adicionalmente, podrán ingresar a esta serie los empleados de Larraín Vial SpA o de sus filiales. Serie I: Aportes que sumados al saldo patrimonial consolidado en cualquier serie del Fondo, sean iguales o superiores a 1.500 millones de Pesos Moneda Nacional o su equivalencia en Dólares de los Estados Unidos de América. Serie LV: Aportes cuyo Partícipe sea cualquier otro fondo administrado por la Administradora. |
Gastos de operación | Se podrá aplicar un 1,5% anual en relación al patrimonio de cada serie |
Clasificación de riesgo | No aplica |
Beneficios Tributarios | Serie APV y Serie APV-AP-APVC, están acogidas a planes de Ahorro Previsional Voluntario 3.500 y el artículos 42° Bis del D.L. N° 824 (Ley de Impuesto a la Renta). El fondo se acoge al artículo 108 de LIR. |
Liquidez | Diaria |
Plazo máx. pago de rescates | Hasta 10 días corridos a contar de la fecha de solicitud de rescate |
Disminución de Capital | No aplica |
Fichas comerciales
Ficha Serie A | |
Ficha Serie APV | |
Ficha Serie APV-AP-APVC | |
Ficha Serie F | |
Ficha Serie I | |
Ficha Serie LV |
Documentos
