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Cuenta Activa Conservadora

Fondos mutuos

El objeto del fondo es invertir como mínimo el 70% y como máximo el 90% de su activo, en (i) cuotas de fondos que inviertan principalmente en instrumentos de deuda y (ii) en títulos representativos de índices de deuda. Sin perjuicio de lo anterior, el Fondo podrá invertir como mínimo un 10% y como máximo hasta un 30% de su activo en (i) cuotas de fondos que inviertan principalmente en instrumentos de capitalización y (ii) en títulos representativos de índices accionarios.

Evolución del valor cuota

Riesgo
Bajo
1 2
Medio
3 4 5
Alto
6 7
Rentabilidad nominal Día Acum. mes Mes anterior Últ. trim Acum. año Año anterior
Cuenta Activa Conservadora 0,100% 0,28% 1,19% 3,31% 6,77% 6,71%

Información del Fondo

Nemotécnico FMLVCACCON
Fecha de Inicio 05 de junio de 2015
Portfolio Manager José Manuel Silva y Andrés Vicencio
Moneda CLP
Remuneración Anual Serie A: Hasta un 2,0000% (IVA incluído).
Serie F: Hasta un 1,2000% (IVA Incluido).
Serie APV: Hasta un 1,4000% (exenta de IVA).
Serie APV-AP-APVC: Hasta un 0,9000% (exenta de IVA).
Serie D: Hasta un 1,5% (IVA incluído).
Serie Q: Hasta un 1,70% (IVA incluido).
Serie I: Hasta un 1,00% (IVA incluido).
Serie X: Hasta un 0,68% (IVA incluido).
Remuneración Variable Sin remuneración variable.
Comisión de salida Serie Q: 2,38% IVA incluido Permanencia 0-180 días. 1,785% IVA incluido Permanencia 181-360 días. 1,19% IVA incluido Permanencia 361-540 días. 0,00% Permanencia 541 o más días.
Monto mínimo Serie A: No Contempla.
Serie APV: No Contempla.
"Serie F: Aportes que sumados al saldo patrimonial consolidado en cualquiera de las series de los Fondos administrados por la Administradora, sean iguales o superiores a 250.000.000 de Pesos moneda nacional. Adicionalmente, podrán ingresar a esta serie los empleados de Larraín Vial SpA o de sus filiales.
Serie APV-AP-APVC: Podrán ingresar aquellos partícipes que mantengan Inversiones Previsionales [1] que representen montos iguales o superiores a 50.000.000 Pesos Moneda Nacional. Adicionalmente, podrán ingresar a esta serie aquellos Aportantes que comprometan aportes periódicos mensuales de al menos 150.000 Pesos moneda nacional, en esta misma serie o en las series equivalentes de fondos administrados por la Administradora. Asimismo, podrán ingresar aquellos partícipes que /i/ mantengan Inversiones Previsionales [1] que representen montos iguales o superiores a 600 Unidades de Fomento y, a su vez, /ii/ se encuentren adheridos a un contrato de seguro que contemple un plan de Ahorro Previsional Colectivo u otro plan colectivo o grupal con fines previsionales, suscrito con la Administradora o con algún intermediario con el cual ésta haya celebrado un contrato de distribución de cuotas. Por otra parte, podrán ingresar a esta serie los empleados de Larraín Vial SpA o de sus filiales. Asimismo, podrán ingresar aquellos aportantes que se encuentren adheridos a un Contrato de Ahorro Previsional Colectivo u otro plan colectivo o grupal con fines previsionales, suscrito con la Administradora o con algún intermediario con el cual ésta haya celebrado un contrato de distribución de cuotas. Por último, aportes que sean efectuados a través del canal digital que ofrece Larraín Vial S.A. Corredora de Bolsa bajo él o los códigos de canal digital informados por dicha entidad.
Serie D: Aportes que sean efectuados a través del canal digital que ofrece Larraín Vial S.A. Corredora de Bolsa bajo él o los códigos de canal digital informados por dicha entidad.
Serie Q: Aportes que sumados al saldo patrimonial consolidado en cualquiera de las series del Fondo,sean iguales o superiores a 75.000.000 de Pesos moneda nacional.
Serie I: Aportes que sumados al saldo patrimonial consolidado en cualquiera de las series del Fondo, sean iguales o superiores a 1.500.000.000 de Pesos moneda nacional.
Serie X: Aportes que sumados al saldo patrimonial consolidado en cualquiera de las series de los Fondos administrados por la Administradora, sean superiores a 30.000.000.000 de Pesos moneda nacional.
Gastos de operación Hasta un 0,30% anual.
Clasificación de riesgo No tiene
Beneficios Tributarios Instrumento o valor de ahorro acogido al artículo 57° bis del D.L. N° 824 (Ley de Impuesto a la Renta).
Serie APV y Serie APV-AP-APVC, están acogidas a planes de Ahorro Previsional Voluntario 3.500 y el artículos 42° Bis del D.L. N° 824 (Ley de Impuesto a la Renta).
El fondo se acoge al artículo 108 de LIR.
Liquidez Diaria
Plazo máx. pago de rescates 10 días corridos, salvo en casos de rescates por montos significativos.
Disminución de Capital No aplica.

Fichas comerciales

Ficha Serie A  
Ficha Serie APV  
Ficha Serie APV-AP-APVC  
Ficha Serie D  
Ficha Serie F  
Ficha Serie I  
Ficha Serie Q  
Ficha Serie X  

Documentos

Cartera Trimestral  
Reglamento Interno  
Contrato General de Fondos  
Estado Financiero  
Informe del auditor  
Folleto Informativo Serie A  
Folleto Informativo Serie APV  
Folleto Informativo Serie APV-AP-APVC  
Folleto Informativo Serie D  
Folleto Informativo Serie F  
Folleto Informativo Serie I  
Folleto Informativo Serie Q  
Folleto Informativo Serie X  
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